Derechos y Deberes
Derechos de los Asociados
Son los derechos generales de los asociados:
- Utilizar y recibir los servicios de La Mutual y realizar con ella las operaciones propias del objeto social.
- Gozar de los beneficios y prerrogativas que ofrece La Mutual.
- Participar en las actividades de La Mutual, y en su administración y control social mediante el desempeño de los cargos sociales.
- Ser informado de la gestión de la asociación, de conformidad con las prescripciones estatutarias y reglamentarias.
- Presentar por escrito cuando hubiere lugar, a través de la junta de control social, las quejas, reclamos y fundamentos sobre la prestación de los servicios o el funcionamiento general de La Mutual.
- Ejercer los actos de elección, decisión y ser elegido.
- Retirarse voluntariamente de La Mutual
- Presentar a los órganos de administración proyectos e iniciativas que tengan como propósito el mejoramiento de La Mutual y sus servicios.
- Los demás que resultan de las normas legales, el estatuto y los reglamentos.
PARAGRAFO. El ejercicio de los derechos de los asociados estará condicionado el pleno cumplimiento de los deberes, obligaciones y al régimen disciplinario interno.
Deberes de los Asociados
Son deberes de los asociados:
- Adquirir conocimiento sobre los principios básicos y universales del Mutualismo, las disposiciones del estatuto y los reglamentos que rigen la Mutual.
- Acatar y cumplir con las decisiones de los órganos de administración y control social.
- Abstenerse de efectuar actos o incurrir en omisiones que puedan afectar a estabilidad económica o el prestigio social de La Mutual.
- Comportarse solidariamente en sus relaciones con La Mutual frente a cualquier hecho o situación que pueda afectar los intereses sociales o económicos de la misma.
- Hacer conocer de los órganos competentes de La Mutual cualquier hecho o situación que pueda afectar los intereses sociales o económicos de la misma.
- Suministrar los informes y documentos que La Mutual le solicite e informar cualquier cambio de su domicilio.
- Concurrir a las asambleas generales y desempeñar los cargos para los cuales sea nombrado.
- Participar en los programas de educación, así como en los demás eventos y celebraciones a los cuales sea convocado.
- Pagar contribuciones y cuotas en los términos y condiciones establecidos.
- Cumplir con los demás deberes que resultan de las prescripciones legales del estatuto y de los reglamentos.